Nuevas medidas de Gobierno Vasco para frenar la expansión del Covid-19

Según adelantamos ayer al comunicar la declaración de emergencia sanitaria en Euskadi, hoy ha tenido lugar la reunión del Plan de Protección Civil en Euskadi donde se han aprobado nuevas medidas que suponen modificar la normativa en vigor.  A continuación enunciamos aquellas con incidencia directa en comercio y hostelería:

REUNION Y ENCUENTRO DE PERSONAS

Limitación de grupos de personas en la vía pública y en establecimientos hosteleros y gastronómico-recreativos (bares, restaurantes y txokos), a un máximo 10 personas.

HOSTELERÍA

Bares, restaurantes y txokos:

Consumo tanto interior como exterior, con un máximo de 10 personas por mesa o grupo de mesas, siempre sentados, manteniendo distancia de 1,5 m entre el cliente de una mesa y el inmediato de la siguiente.
Servicio en barra: permitida la estancia y consumo, siempre y cuando las personas estén sentadas y mantengan la distancia de seguridad interpersonal.
Horario de cierre a las 01:00 horas, sin que pueda permitirse el acceso de ningún cliente ni expedir consumición alguna desde las 0:00h

ZONAS COMUNES EN HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

Aforo al 60%.
Buffets y cocktails en grupos de 10 personas y sentados.
Actividades de animación, deportivas y grupales, en grupos de 10 personas como máximo.

OCIO NOCTURNO

Cierre total de discotecas, salas de baile, pubs, así como todos aquellos establecimientos clasificados en los grupos III y IV, según el Decreto 17/2019 de 5 de febrero por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos públicos y actividades recreativas.

TRANSPORTE PÚBLICO

Transporte público finalizará a la misma hora que la actividad en bares, restaurantes, txokos y locales de juego, es decir, a la 1:00h.

LONJAS Y LOCALES

Prohibición de toda actividad en lonjas y cualquier local de características similares.

TABACO Y ASIMILADOS

Prohibición de fumar en espacios públicos cuando la persona fumadora no pueda garantizar que va a mantener la distancia mínima interpersonal de 2 metros. La mascarilla se retirará exclusivamente para la inhalación y exhalación del humo.

USO OBLIGATORIO Y CORRECTO DE LA MASCARILLA

Se reitera la obligatoriedad del uso de la mascarilla y el uso correcto de la misma. En este sentido, cabe destacar que se incorpora y explicita que esta deberá cubrir desde parte del tabique nasal hasta el mentón, incluido.

Nuevas medidas del Gobierno Vasco para frenar la expansión de la Covid-19

 

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